![](http://localhost/1/wp-content/uploads/2021/07/170e02dd-6556-41ca-9bed-e6b9ae4a7fa4-300x183.jpg)
La medida alcanza a los vencimientos de licencias ocurridos entre el 15 de febrero de 2020 y el 31 de diciembre de 2021, de acuerdo al siguiente esquema:
-Las licencias de conducir cuyo vencimiento operó entre el 15 de febrero de 2020 y el 31 de julio de 2020 por el término de 18 meses contados a partir de la fecha de vencimiento.
-Las licencias de conducir cuyo vencimiento operó entre el 01 agosto de 2020 y el 31 de diciembre de 2020 por el término de 12 meses contados a partir de la fecha de vencimiento.
-Las licencias de conducir cuyo vencimiento operó u opere entre el 01 de enero de 2021 y el 31 de julio de 2021 por el término de 9 meses contados a partir de la fecha de vencimiento.
-Las licencias de conducir cuyo vencimiento opere entre el 01 de agosto de 2021 y el 31 de diciembre de 2021 por el término de 6 meses contados a partir de la fecha de vencimiento.