La Ordenanza prohíbe la entrega de Bolsas Plásticas de mercadería adquirida por los clientes de los comercios.
El programa se implementará en forma paulatina con el siguiente cronograma de plazos:
a) a partir del 1 de septiembre los comercios deben tener en exhibición bolsas reutilizables.
b) El comerciante podrá entregar recipiente de cartón. Cajas.
c) A partir del 1° de Octubre los comercios solo podrán entregar hasta 2 bolsas plásticas como máximo por cliente.
d) A partir del 1 de Diciembre quedará prohibida la entrega de bolsas plásticas en todos los comercios de la ciudad.
Se crea además, el registro Comunal de AMIGOS DEL MEDIOAMBIENTE, donde constarán todos los COMERCIOS QUE SE ADHIEREN AL PROGRAMA. Con su adhesión el comercio obtendrá un cartel identificatorio de “COMERCIO AMIGO DEL MEDIOAMBIENTE”.
La autoridad de aplicación será el DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE COMUNAL. La que en caso de verificarse incumplimiento deberá notificar al infractor y de no normalizar la situación hasta podría labrar un acta de infracción que sería remitida la juzgado de faltas.
Las sanciones por incumplimiento serán:
Apercibimiento
Multa.
Y hasta clausura e inhabilitación a partir de la cuarta reincidencia en la infracción. La autoridad de aplicación aplicará la sanción de CÑAUSURA y/o INHABILITACION DEL COMERCIO.