La actividad se podrá realizar en el horario de 7 a 19 horas, respetando los protocolos vigentes para la actividad, como distanciamiento físico de 2 metros y uso obligatorio de barbijo o “tapaboca”.
Las personas no deberán trasladarse más de 30 kilómetros de distancia desde su lugar de residencia habitual; debiendo tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación.
ACTIVIDADES DEPORTIVAS PARA MENORES DE 12 AÑOS
Según estable el decreto N° 1227, desde mañana también quedará habilitada en todo el territorio provincial la práctica por parte de los menores de 12 años de:
-actividades deportivas individuales, con o sin interacción ni oponentes, sin contacto físico en este último caso.
-actividades de entrenamiento individual.
La habilitación comprende las siguientes disciplinas: atletismo -excluidas las postas- , equitación, BMX, running, ciclismo, gimnasia artística, patín artístico, tenis, pelota a paleta, tenis con paleta o criollo, fútbol tenis, tenis de mesa, padel, tela, tiro, golf, judo y artes marciales.
En caso que las actividades involucren la utilización de infraestructura de clubes, centros o complejos deportivos o similares deberán observarse en su
desarrollo las normas del protocolo base (PROBA), aprobado por el Mínísterio de
Salud y la Secretaría de Deportes dependiente del Ministerio de Desarrollo Social.