
En una resolución que marca un nuevo capítulo en la línea de decisiones judiciales sobre la prescripción penal, el juez de Cámara Tomás Orso declaró este martes extinguida la acción penal en la causa por estafa y administración fraudulenta que tenía como imputados a Alberto Maurino y Leandro Gonzalo, exintegrantes de la conducción de Amsafe General López.
La audiencia, desarrollada en la Sala 1 de los Tribunales de Venado Tuerto, concluyó con la declaración de prescripción de los delitos atribuidos, todos con una pena máxima de seis años. El magistrado explicó que los hechos investigados ocurrieron en mediados de 2016 y que la acusación fiscal recién fue presentada en 2024, es decir, casi ocho años después, por lo cual “la acción penal estaba extinguida”.
Orso sostuvo su decisión en el mismo criterio aplicado meses atrás en la causa “Megaestafa Inmobiliaria 2”, donde también declaró prescripta la acción penal contra Antonio Di Benedetto y otros imputados. En aquella oportunidad, el camarista había afirmado que la audiencia imputativa no interrumpe el curso de la prescripción, y que mantendrá esa doctrina “hasta tanto no exista un fallo de la Corte en sentido contrario”.
“Actúo en coherencia con mis propios precedentes”, señaló el magistrado, quien además hizo lugar al planteo de las defensas respecto de la violación del plazo razonable, argumentando que la causa tramitó durante casi una década sin haber llegado a la instancia de juicio. “Si el proceso hubiera seguido su curso normal, entre recursos y apelaciones, podría haber tardado unos 15 años en total”, expresó.
En un tono poco habitual en la jerga judicial, Orso cerró su exposición con una autocrítica institucional: “En nombre del Poder Judicial, pido disculpas tanto a los denunciantes como a los imputados por este tipo de respuesta de baja calidad institucional que se está dando en esta causa”, afirmó frente a las partes presentes en la sala.
El antecedente y el espejo de la “Megaestafa 2”
El razonamiento del camarista replica el que aplicó en julio pasado al resolver la prescripción en la Megaestafa Inmobiliaria 2, caso en el que defendió su decisión al señalar que “la acción penal estaba muerta” y que “la Justicia debe hacerse cargo de los plazos”. Aquel fallo generó fuertes cuestionamientos del fiscal regional Matías Merlo, de la fiscal Mayra Vuletic y del intendente Leonel Chiarella, quienes lo acusaron de favorecer la impunidad en un caso emblemático de corrupción económica.
Esa resolución fue apelada y hoy se encuentra bajo análisis de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, tras un dictamen favorable del procurador general Jorge Barraguirre al recurso de inconstitucionalidad presentado por la fiscalía.
Durante su reciente visita institucional a Venado Tuerto, el presidente del máximo tribunal, Roberto Héctor Falistocco, confirmó a Venado24 que el fallo sobre la Megaestafa será emitido “en un plazo razonable de unos cinco meses”, y que el criterio de Orso será uno de los puntos centrales del análisis.
Lo que viene
De acuerdo con fuentes judiciales, la causa Amsafe podría seguir el mismo camino que la Megaestafa Inmobiliaria 2, es decir, llegar también a la Corte Suprema provincial, que deberá definir si el criterio del juez Orso —según el cual la audiencia imputativa no interrumpe los plazos de prescripción— es jurídicamente válido. Es de esperar que en los próximos días, el fiscal acusador, Damián Casullo, presente el recurso de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe
El fallo que emita el máximo tribunal sobre la Megaestafa, adelantado por Falistocco, tendrá un efecto directo y probablemente determinante sobre este nuevo expediente que involucra a la ex conducción del gremio docente.
Con esta resolución, la acción penal contra Maurino y Gonzalo quedó extinguida, aunque la discusión de fondo —sobre cómo debe computarse la prescripción en los procesos penales santafesinos— recién comienza a definirse en los estrados superiores.
Nota gentileza avenado 24.



