La medida, anunciada oficialmente, ha generado un total de 244 expedientes, uno por cada localidad afectada, tras haber detectado irregularidades en facturas con vencimiento posterior al 11 de octubre. Fue en esa fecha cuando se puso en vigor la resolución 267/2024, la cual establece la prohibición de incluir en las facturas cualquier concepto que no esté directamente relacionado con el servicio contratado.
Según argumentaron desde la Secretaría, esta resolución –firmada por Pablo Agustín Lavigne– tiene el objetivo de asegurar la transparencia en la facturación de bienes y servicios. La normativa prohíbe terminantemente la inclusión de tasas municipales o cualquier otro concepto que no esté vinculado exclusivamente al producto o servicio consumido.
ALCANCE Y PRÓXIMAS SANCIONES
La normativa afecta a empresas de servicios públicos ya quienes comercializan bienes en todo el país. La Secretaría de Industria y Comercio también informó que las imputaciones no representan una medida excepcional: la fiscalización de facturas continuará en los próximos meses, revisando los vencimientos de noviembre y diciembre.
Las compañías imputadas, incluyendo las cooperativas y distribuidoras mencionadas en Santa Fe, Buenos Aires y otras provincias, deberán presentar su descargo en un plazo de cinco días hábiles. De no cumplir con la normativa, podrían enfrentarse a sanciones bajo la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240), que establece multas de hasta 2.130 millones de pesos.
RECLAMOS Y MEDIDAS PARA LOS CONSUMIDORES
Desde la entrada en vigencia de la resolución, se han registrado más de 2.700 denuncias a través de un correo electrónico habilitado para el reclamo ciudadano ( denunciatufactura @comercio .gob .ar ). La Secretaría instala a los consumidores a revisar sus facturas y reportar cualquier cargo indebido, contribuyendo así al cumplimiento de una normativa que busca reducir el impacto de tasas y cargos adicionales en los costos de servicios públicos.
Nota gentileza Venado 24.