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𝗠𝗣𝗢𝗥𝗧𝗔𝗡𝗧𝗘 Los operativos de verificación en comercios se pondrán en marcha desde el 15 de noviembre.
𝗦𝗔𝗡𝗖𝗜𝗢𝗡𝗘𝗦 𝗣𝗢𝗥 𝗜𝗡𝗖𝗨𝗠𝗣𝗟𝗜𝗠𝗜𝗘𝗡𝗧𝗢
Apercibimiento. Ante el primer incumplimiento, se procederá a la aplicación de apercibimiento público.
Multa. Cuando a pesar del apercibimiento dispuesto conforme el inciso precedente, el infractor continuase incumpliendo con las disposiciones de la presente ordenanza.
Clausura e inhabilitación. A partir de la cuarta reincidencia en la infracción, se aplicará la sanción de clausura y/o inhabilitación del comercio.